¿Qué puede hacer la Entidad, cuando en repetidas ocasiones ha realizado convocatoria para elegir los representantes de los empleados de carrera, y estos no se postulan?
Teniendo en cuenta que el artículo 2.2.14.2.1 del Decreto 1083 de 2015 establece que, la convocatoria para la conformación de la Comisión de Personal debe realizarse en un término no inferior a treinta (30) días hábiles al vencimiento del período, la entidad está obligada a realizar dicha convocatoria conforme a lo establecido en el artículo 7° del Decreto ibídem: