En atención al fallo de primera Instancia emitido por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLECENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE TUNJA, el 29 de abril del 2024, dentro de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 15001-31-18-001-2024-00030-00, y en cumplimiento de lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 15 del Acuerdo No. 2101 del 28 de septiembre del 2021 que modifica el artículo 24 del No. 20191000009556 del 20 de diciembre de 2019 del Proceso de Selección de la referencia, y a solicitud del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, toda vez que es competencia de su Representante Legal llevar a cabo la Audiencia Pública, se informa a los elegibles del empleo OPEC 169887 que, los días 06, 07 y 08 de mayo de 2024 se adelantará AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL PARA ESCOGENCIA DE VACANTES LOCALIZADAS EN DIFERENTES UBICACIONES GEOGRÁFICAS, con el fin de que los mismos seleccionen y asignen en el orden de su preferencia la ubicación geográfica.
Por tanto, se habilitará el aplicativo SIMO desde las 00:00 horas del 06 de mayo de 2024 hasta las 23:59 del 08 de mayo de 2024 fecha en la cual culmina la Audiencia Pública. Recuerde que a la misma solo serán citados UNICAMENTE los elegibles que hayan ocupado posición meritoria, de conformidad con la cantidad de vacantes ofertadas para cada empleo y siempre que su posición se encuentre en firme.
Tenga presente que, si por algún motivo un elegible NO asigna la priorización para la escogencia de la ubicación geográfica de las vacantes dentro del plazo establecido en la citación, la Entidad nominadora le asignará una ubicación por sorteo, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo No. 0166 de 2020.
La Guía de Orientación audiencias virtuales para escogencia de vacantes del Proceso de Selección No. 1357 de 2019, se puede consultar en la página web de la CNSC en el siguiente enlace https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-1357-inpec-administrativos.
Frente a casos de empate en las Listas de Elegibles, el representante legal de la entidad deberá dar estricta aplicación al Acuerdo de Convocatoria y su Modificatorio, en concordancia con el Acuerdo 165 de 2020.