Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLECENTES CON FUNCIONS DE CONOCIMIENTOS EN VILLAVISENCIO en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por DENNY LUCIA VALOYES BUENO, con radicado número 50001311800220240000200, Resolvió: Vincular dentro de esta acción a los representantes legales de la SECRETARIA EDUCACIÓN META, COMISION NACIONAL SERVICIO CIVIL -CNSC- (por su intermedio a la COORDINACIÓN GENERAL DEL CONCURSO DE MÉRITOS DE LA CNSC), UNIVERSIDAD LIBRE, MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, GOBERNACIÓN DEL META (por su intermedio al el gerente de Talento Humano de la Gobernación del Meta, la Secretaría Administrativa y Gerencia de Recursos Humanos de la Gobernación del Meta), MEDISALUD UT y JERSALUD S.A.S., así como a los participantes del Proceso de selección concurso de Méritos registrados en los Procesos de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 (Directivos Docentes y Docentes), por integración del contradictorio, para establecer si hay algún otro derecho fundamental vulnerado adicional al invocado, con el fin de garantizar el derecho de defensa y contradicción, y por intermedio de sus representantes legales a las oficinas que en el interior de las demandadas podrían tener competencia o haber adoptado decisiones de conformidad con lo relatado en el acápite de los hechos, las pretensiones y las pruebas aportadas, al poder tener un interés directo en la decisión o ser potenciales destinatarias de las órdenes de protección de derechos fundamentales.