La Comisión Nacional del Servicio Civil, informa que al haber sido resueltas las acciones constitucionales adelantadas para las OPEC 160263 - 160272 - 163363 - 163366 se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de los Acuerdos del Proceso de Selección y se expedirán los actos administrativos a través de los cuales se conforman y adoptan las Listas de Elegibles de los empleos mencionados previamente, pertenecientes al Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 – Territorial Nariño nivel Asistencial, listas que se publicarán el 15 de septiembre de 2023 con excepción de la correspondiente a la OPEC 160277 toda vez que la misma cuenta con acción de tutela en trámite o en términos.
Las listas de elegibles publicadas estarán disponibles para su consulta en el sitio web, www.cnsc.gov.co, enlace Banco Nacional de Listas de Elegibles: https://bnle.cnsc.gov.co/bnle-listas/bnle-listas-consulta-general.
Para consultar cada Lista de Elegibles, una vez ingrese al anterior enlace, en la casilla “Nombre de Proceso Selección” debe registrar el nombre de la Entidad y en la sección “Nro. de empleo” debe ingresar el código de la Oferta Pública del Empleo de Carrera – OPEC para el cual concursó y luego hacer clic en el botón amarillo: Buscar. Una vez realice la búsqueda, podrá Ver Resolución o Ver datos adicionales.
La firmeza de las Listas de Elegibles, se producirá vencidos los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, de conformidad con los artículos 29 y 30 de los Acuerdos del Proceso de Selección, teniendo en cuenta que, en los casos en donde se haya solicitado exclusión por parte de la Comisión de Personal de la Entidad, se atenderá lo establecido en el Criterio Unificado expedido por la CNSC del 12 de julio de 2018 denominado “Cómo opera la firmeza de las listas de elegibles cuando se realiza solicitud de exclusión”, el cual puede ser consultado en el siguiente enlace: https://gestion.cnsc.gov.co/TeasurosApp/faces/busquedaWeb.xhtml
Frente a casos de empate en las Listas de Elegibles, el representante legal de la entidad deberá dar estricta aplicación al Artículo 25 de los Acuerdos del Proceso de Selección.