- A través de esta iniciativa, se busca contar con más recursos para la Comisión, los cuales serían administrados por la entidad, para garantizar el cumplimiento de las funciones de administración y vigilancia de la carrera administrativa, así como la sostenibilidad de la CNSC.
- Presupuestalmente en materia de carrera administrativa, las transferencias provenientes de los recursos de la Nación no han tenido un incremento importante, y no llegan a representar el 10% del monto del presupuesto total de la Comisión.
Bogotá. Miércoles 11 de agosto de 2021. Ante la Comisión Séptima del Senado de la República, el Comisionado Presidente de la Comisión Nacional del Servicio Civil, Jorge Alirio Ortega Cerón, socializó el Proyecto de Ley para establecer una tarifa de administración y vigilancia de la carrera administrativa a favor de la CNSC.
A través de este proyecto de Ley, se busca contar con más recursos para la Comisión, los cuales serían administrados por la entidad,con el obejetivo de garantizar el cumplimiento de las funciones de administración y vigilancia de la carrera administrativa.
Así lo aseguró el Comisionado Presidente Jorge Alirio Ortega Cerón, quien sostuvo que “El proyecto de ley obedece a la necesidad de tener una financiación estable para el funcionamiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil y poder cubrir la brecha tan enorme que existe entre los recursos de la Nación y los gastos de la CNSC, que no son únicamente para procesos de selección, sino para temas misionales como la Evaluación del Desempeño Laboral, el Registro Público y la Vigilancia, entre otros aspectos relevantes en la carrera administrativa”.
Para esto, las entidades administradas y vigiladas por la CNSC (incluidas aquellas que se encuentren en proceso de liquidación), pagarían una tarifa por la administración y vigilancia de la carrera administrativa correspondiente al 0.30% de los presupuestos de funcionamiento respecto de las entidades nacionales, y de las territoriales que pertenezcan a las categorías especial, 1, 2, 3 y 4; y al 0.25% respecto de las entidades territoriales de categorías 5 y 6, cuyos recursos se proporcionarán de acuerdo con las normas presupuestales aplicables.
El recaudo se efectuaría de forma anual de acuerdo con la reglamentación que para el efecto emita el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
En los próximos días el Proyecto de Ley será radicado por la CNSC, en el Congreso de la República para su respectivo trámite.
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